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Derecho
Unidad 1
Derecho: Quiere decir “recto” algo que no está torcido, algo valioso, es el concepto básico y elemental de Derecho.
El Derecho no tiene un nacimiento exacto, pero es necesario en el momento en que el hombre forma parte de una
sociedad para poder regular las conductas de la colectividad. El hombre al convivir con otros tiene una libertad
restringida y lo que busca el derecho es que pueda ejercer esa libertad, pero sin perjudicar al otro
Sin embargo, se puede especificar el nacimiento en los primeros códigos de leyes que pertenecen a los sumerios.
En Babilonia existió el Código de Hammurabi. Hammurabi gobernó Babilonia entre el 1792 ac y 1750 ac. (fue el
sexto rey de la dinastía) que unificó la legislación siendo el primer código legal de la historia.
En el Derecho constitucional hay dos doctrinas:
- Doctrina clásica: Es la mas antigua y tradicional, (1857) decía que el Derecho constitucional es el Derecho
de la constitución. Según Joaquín González “El derecho constitucional es la rama de la ciencia jurídica que
trata del estudio de la constitución de un país o de las constituciones en general”
- Doctrina moderna: Según Linares Quintana “El derecho constitucional es el sistema de normas positivas y
de principios que rigen el ordenamiento del estado de derecho y cuya finalidad suprema es el amparo y
garantía de la libertad y dignidad del hombre”
Las normas forman parte del Derecho, y las fuentes son varias, ej: normativas, constitución, circulares, leyes,
tratados internacionales, etc. También son las costumbres, la jurisprudencia (normas individuales y/o plurales en
algunos casos, que emiten los jueces para una sentencia), la doctrina (opinión de especialistas sobre una norma o
una modificación que debería hacerse sobre esta)
Derecho objetivo: Es el conjunto de normas que regula a las conductas de las personas en sociedad para obtener
un bien en común, para que en las relaciones que se producen se concrete la Justicia
Derecho subjetivo: Es el propio de cada persona, significa que es la atribución que tiene uno para comportarse de
alguna forma, el derecho lo habilita a tener un comportamiento en sí.
Ciencia del derecho: Es una ciencia social por lo que ya se mencionó, regula las conductas en una sociedad. Puede
ser estudiado sistemáticamente a través de un método en la búsqueda de un objetivo, este método puede ser el
empírico (producto de la experiencia), o inductivo (parte de una idea que proviene de la razón y se debe ver si esa
idea puede servir para la realidad). El objeto de estudio depende del científico, cada uno tiene su perspectiva con
respecto al objeto.
El sujeto del derecho son las personas, a las cuales se les aplicarán las normas. Pueden ser personas humanas
(físicas, seres humanos que comienzan con la concepción) o personas jurídicas (de derecho público o privado) el
criterio que se utiliza para saber quien es público o privado está determinada por el legislador
la capacidad es la aptitud para ser titular o ejercer el Derecho
Leyes nacionales: Tienen vigencia en todo el país, son sancionadas por el Congreso, por ej. El código cyc.
Leyes provinciales: Son sancionadas por cada provincia para su territorio
, Códigos de fondo: Hacen a las instituciones propias de cada fondo. Ej: Código penal (tiene una parte general de
penas, delitos, autores, participes, residencia y la parte especial se refiere a los ilícitos como los delitos las
personas contra la adm. Publica, contra las personas, honestidad, etc.)
Códigos de forma: Regulan procedimientos que se deben seguir a través de normas, llamados códigos de
procedimiento o formas.
El congreso no sanciona leyes sino proyectos de leyes, el proyecto se va a transformar en ley cuando sea
promulgado y publicada por el presidente de la Nación, también sea una norma secreta que se publica, pero no se
ve su contenido. Estará vigente y deberá ser cumplida por la sociedad y los jueces deberán aplicarla, y esto
comenzará a partir del día 8 de su publicación, aunque también puede ser dicho por la norma el día que
comenzará a regir, ej. 6 meses, 1 año, etc. Dependiendo del contenido de la norma y de la voluntad del legislador
La Justicia no siempre satisface a unos u otros, porque el Derecho solo existe cuando hay otro que debe respetar el
Derecho de una persona. Esto también pasa con la Moral, uno no puede ser moral o inmoral consigo mismo sino
con el otro. También existen principios de lo Ético en el Derecho que regulan los comportamientos, ej. Si una
conducta es de buena o mala fe.
El Derecho también se corresponde con la economía, no está concluido quien determina a quien porque a veces
puede ser la ideología o las circunstancias, por ej. Este País tuvo un control de cambios y también dejo libertad
para el juego moneda divisa, esto a veces nace de las leyes naturales de la economía (realidad) o de
condicionamientos ideológicos (idea del gobernante)
Derecho público: Es cuando regula intereses generales de la sociedad, las normas son impuestas con la obligación
a cumplirlas
Derecho privado: Es cuando se reduce solo al interés de las partes que intervienen en la relación jurídica, las
normas sirven para coordinar la relación, pudiendo las partes no cumplirlas y regular de otra manera
Normas jurídicas:
La Ley es un juicio hipotético en donde según Kelsen “Dado A debe ser B”, si las partes no se ponen de acuerdo se
debe llegar a un juicio para resolver el conflicto. La Ley siempre debe tender a la Justicia, se pueden clasificar en
dos sentidos:
Material: Emanan del congreso, pero también por ej: de los reglamentos que emite el ejecutivo, tratados
internacionales, circulares que emite el banco central, instrucciones que emite el presidente, etc.
Formal: Las emite el congreso, emanan de ese órgano siguiendo el procedimiento que fija la Constitución
Modalidades de creación del Derecho:
Deliberada: es la sanción de ciertas reglas por medio de actos ejecutados por órganos competentes con la
intención de establecer las reglas. Por ejemplo: la legislación.
Espontánea: cuando determinados actos dan origen a normas jurídicas sin la intención de hacerlo. Por ejemplo: la
costumbre, la jurisprudencia, el precedente judicial.
Fuentes del derecho:
Ley: entiéndase en el sentido lato de la palabra a todo mandato imperativo. Abarca cualquier tipo de disposición
legal, no solos las leyes, ej. Ordenanzas, decretos, etc.
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